La implantación de una jornada laboral de cuatro días a la semana lleva meses debatiéndose en España. Aseguran que ya se está ensayando con éxito en algunas empresas, sobre todo en el extranjero. El Gobierno de la Comunidad Valenciana quiere ser la primera autonomía en ofrecer ayudas a los autónomos y pequeños negocios que implanten esta jornada reducida sin modificar por ello los salarios de sus trabajadores.
En concreto, aquellos autónomos que apuesten por este tipo de jornada y que no bajen el salario de sus empleados, recibirán a lo largo de tres años un total de 9.611,34 euros por cada trabajador. El primer año, la subvención por empleado será de 5.492,19 euros; el segundo año recibirán 2.746,10 euros; el último año percibirán 1.373,05 euros.
En los próximos meses se pondrá a prueba un programa piloto en el que el Gobierno central invertirá 10 millones de euros y que pretende llegar a unos 200 negocios españoles. El pasado mayo, Valencia acogió la “Cumbre Internacional de la Semana de 4 Días”, donde se debatió sobre el futuro del empleo y se analizó la reducción de la jornada en distintos países de Europa. Ahora, pocas semanas después del evento, la Comunidad Valenciana ofrecerá ayudas directas a los autónomos que decidan implantar la jornada de cuatro días sin reducir el salario de sus empleados.
La Generalitat Valenciana dice que el objetivo es “promover una mejora duradera de la productividad del trabajo, que favorezca la generación de valor añadido y la retención de talento en las empresas valencianas. Asimismo, también se pretende que esta medida contribuya a ampliar las posibilidades de conciliación familiar, personal y laboral, y a la disminución de las emisiones de carbono vinculadas a la movilidad laboral y a los usos intensivos de energía”.
El programa, que está dotado con un presupuesto de 1,5 millones de euros, ofrecerá a los autónomos de la comunidad un apoyo económico por cada uno de los empleados que se adhieran a la reducción de la jornada, siempre y cuando exista un acuerdo previo con la representación legal del trabajador. Además, para poder percibir la subvención, el salario del empleado no podrá ser modificado y se deberá realizar un “Plan de Reducción de la Jornada Laboral y Mejora de la Productividad”, según establecen las bases de la convocatoria.
La duración máxima del programa se ha establecido en tres años, percibiendo cada año una cantidad diferente. Así, por cada persona trabajadora que vea reducida su jornada laboral, el autónomo recibirá una subvención de 5.492,19 euros el primer año; 2.746,10 euros el segundo año; y 1.373,05 euros el tercer año. A lo largo de los tres años, por cada trabajador se recibirá una subvención total de 9.611,34. Cada negocio o empresa podrá recibir un importe máximo de 200.000 euros en el cómputo total de la duración del plan.
Para poder percibir las ayudas, el negocio o empresa deberá contar con un mínimo de empleados adheridos a la reducción de la jornada, en función del volumen de la plantilla. Para realizar el cálculo se tendrá en cuenta la plantilla total en la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda y computarán todas las personas trabajadoras, independientemente de cuál sea la forma de contratación laboral.
- Menos de 10 empleados: deberá reducirse la jornada, al menos, al 30% de los trabajadores. En cualquier caso, la reducción deberá aplicarse, como mínimo, a dos empleados.
- Entre 10 y 49 empleados: deberá reducirse la jornada, al menos, al 30% de los trabajadores. En cualquier caso, la reducción deberá aplicarse, como mínimo, a tres empleados.
- Más de 50 empleados: deberá reducirse la jornada, al menos, al 20% de los trabajadores.
En caso de que el negocio resulte beneficiario de la ayuda, recibirá el dinero correspondiente en dos pagos. En primer lugar, se pagará un anticipo del 30% del importe de la subvención anual en el plazo de un mes a partir de la fecha de la notificación de la resolución. El segundo pago, correspondiente al 70% restante, se efectuará cuando finalice un año desde que haya iniciado el Plan de Reducción de la Jornada Laboral y Mejora de la Productividad, siempre y cuando se haya justificado su correcto cumplimiento.